En medio de una crisis económica e institucional con el voto de censura en contra de la directiva blaugrana, presidida por Josep María Bartomeu, el Barça podría enfrentarse a un nuevo problema judicial. Ahora, Giovanni Pitruzzella, Abogado General del Tribunal de Justicia Europea (TUE), ha pedido que se anule la sentencia que libró a cuatro equipos de España, entre ellos el Barcelona, de pagar unos impuestos no pagados.
De acuerdo a Pitruzella, el FC Barcelona, Real Madrid, Athletic Club y Osasuna se han visto beneficiados de un presunto trato fiscal favorable, después de haberse quedado exentos de la obligación general de transformarse en sociedad anónima deportiva. Por ello, ha recomendado al TUE que valore el recurso que interpuso la Comisión Europea y vuelva a estudiar el caso.
En el año 1990, la Ley del Deporte, en su artículo 19, estableció que “los clubes, o sus equipos profesionales, que participen en competiciones deportivas oficiales de carácter profesional y ámbito estatal adoptarán la forma de sociedad anónima Deportiva”. Sin embargo, mediante una disposición adicional en dicha Ley, se permitió que los clubes que en 1990 hubieran presentado saldo patrimonial positivo desde la temporada 1985/86 no se convirtieran en SAD, siendo el caso del FC Barcelona, Real Madrid, Athletic Club y Osasuna.
En 2016, el Ejecutivo comunitario había pedido a siete clubes españoles (Barcelona, Real Madrid, Athletic, Osasuna, Valencia, Elche y Hércules), la devolución de más de 68 millones de euros por presuntamente haberse beneficiado de ayudas fiscales ilegales. En el caso de los primeros cuatro, Bruselas defendió el trato diferenciado ya que estos clubes disfrutaron durante 20 años de un tipo fiscal ventajoso del 25% (frente al 30% del resto de equipos), que sí debieron convertirse en sociedades anónimas deportivas, cumpliendo el artículo en 1990.
Sin embargo, después el Tribunal General de la Unión Europea valoró el recurso que habían presentado los abogados del Barcelona y terminaron anulando la decisión de la Comisión. De hecho, estimaron que desde Bruselas no se había inspeccionado la importancia que tiene la deducción por reinversión de beneficios extraordinarios que prevé en el régimen fiscal en el sector del fútbol profesional.
Es por ello que el Ejecutivo comunitario recurrió a esta sentencia ante la instancia superior, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea. Pitruzzela ha propuesto que se considere anular la sentencia anterior del Tribunal General y que el asunto le sea devuelto para que vuelva a pronunciarse sobre el mismo.
Sus conclusiones no son vinculantes
Las acusaciones de Pitruzzella no influirán en el futuro fallo del tribunal de Luxemburgo. Sin embargo, subrayó que el régimen no era de “ayudas individuales” sino un “régimen de ayudas”, razón por la que la Comisión Europa podía limitarse a estudiar las características del mismo sin tener que inspeccionar cada uno de los casos con el objetivo de evaluar la existencia ayudas de Estado ilegales.
Por otra parte, el Abogado General considera que Bruselas no puede descartar que, al aplicar las deducciones fiscales, los clubes involucrados habrían disfrutado una imposición menor a la del resto. En este sentido, Pitruzzela determina que pudo haber existido una ayuda ilegal, incluso si hubiese tenido en cuenta las deducciones fiscales.