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Javier Tebas, presidente de LaLiga

CAMBIOS TRASCENDENTALES

LaLiga: Abolida la 'cláusula Rivaldo' de cara a la próxima temporada

Publicación:5/07/2021 - 20:01h

Actualización:5/07/2021 - 20:01h

Los clubes pertenecientes a LaLiga ya no podrán inscribir jugadores fuera de las ventanas de fichajes, aunque suceda en los días previos al cierre del período de fichajes

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Esta próxima temporada 2021-22 incorpora una importante novedad que afectará a los clubes del fútbol profesional. Dicho cambio, al cual tuvo acceso el diario ‘Sport’, está incluida en el nuevo reglamento que acaba de aprobar la Federación Española y que tiene que ver con la posibilidad de incorporar jugadores fuera de las ventanas de fichajes.

La nueva regla afecta tanto al actual mercado veraniego hasta el 31 de agosto y el próximo en 2022 durante el mes de enero. Pues bien, se trata de la abolición de la conocida como ‘cláusula Rivaldo’ de cara a la próxima temporada de LaLiga 2021-22.

Esta opción tiene su origen en lo acontecido en el año 1997 cuando el FC Barcelona pagó la cláusula de Rivaldo al Deportivo de la Coruña, dejando de esta forma sin margen alguno al cuadro gallego de poder tener oportunidad de conseguir un reemplazo adecuado para su máxima estrella.

Por tanto, para evitar estos inconvenientes, LaLiga decidió incluir en un circular una excepción para que, si un equipo volvía a sufrir una situación similar, tuviera margen de maniobra. Dicha circular fue admitida por la RFEF. Textualmente establece que "si en los quince días naturales previos a la fecha de finalización de cualquier de los períodos de inscripción, un jugador rescindiera de manera unilateral el contrato laboral vigente con su equipo amparándose en el Real Decreto 1006/1985, la entidad en la que este estuviera inscrito, dispondrá de un plazo excepcional de 30 días a contar desde el que se produzca la rescisión para poder inscribir a un nuevo jugador”.

Esta excepción desaparece en el articulado del Reglamento General que la RFEF acaba de hacer pública y que está vigente desde el pasado 1 de julio. Dicho cambio se halla específicamente en el artículo 124 relativo a los períodos de solicitud de licencias. En el mismo y dentro del punto uno, la normativa deja claro que fuera de las dos ventanas anteriormente mencionadas "no podrá autorizarse la inscripción de ningún jugador, salvo en las excepcionalidades de los apartados 2 y 3 del presente artículo. Tampoco podrá autorizarse la inscripción fuera de dichos períodos en supuestos excepcionales de inscripción como consecuencia del pago de una cláusula de rescisión.”.

Cambio trascendental

De esta manera ha quedado claro en esta segunda parte que desaparece este margen de maniobra que gozaban exclusivamente los clubes españoles. Solo se podrá inscribir fuera del plazo establecido del mercado a un jugador que se encuentre de paro, y siempre que el club cuente con alguna de las 25 licencias para hacerlo.

Este cambio se produce apenas un año después de eliminar también por parte de la RFEF la excepción que permitía fichar a los clubes fuera de estos períodos cuando tenía una lesión de un jugador que superase los cinco meses y medio. Esta era otra de las concesiones que solo existía en España y que decidió anularse a causa de la polémica surgida por lesión de larga duración de Ousmane Dembele que permitió al Barcelona fichar a Martin Braithwaite fuera del mercado de fichajes de invierno del recién iniciado año 2020.

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